Ayudas para las obras de mejora en el hogar

Las comunidades de vecinos o los dueños individuales que deseen o deban realizar obras de mejora o de rehabilitación en sus edificios o casas podrán recibir ayudas de hasta el 35% del valor de estas. Así lo establece el RD 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas en vigor desde el día 11. De manera excepcional por motivos de mejora de accesibilidad, dichas subvenciones podrán llegar hasta un 50%.

Las condiciones para optar a estas ayudas son las siguientes:

  1. Los edificios deben estar finalizados antes de 1981
  2. El 70% de la superficie construida debe ser de uso residencial
  3. En caso de comunidades de vecinos, el 70% de las viviendas tiene que ser el domicilio habitual de propietarios o arrendatarios

En casos en los que un edificio no cumpla con estos requisitos, se admitirán en el programa edificios con graves daños estructurales o que tengan como destino el alquiler. También se podrán subvencionar las obras consideradas "desfavorables" en la Inspección Técnica de Edificios para ejecutar determinadas mejoras.

Si usted desea conocer la cuantía de la subvención que su hogar o su comunidad podría recibir, puede consultar este conciso, pero claro artículo publicado en El Economista.

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José María Martínez Pereda
Arquitecto Técnico, Nº Colegiado: 0476

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