Inspección periódica de las instalaciones eléctricas
De acuerdo con la ITC-BT-05 del REBT, las revisiones eléctricas deben ser revisadas periódicamente por un técnico titulado competente. En Castilla-La Mancha, comunidad pionera en normativa sobre mejora de seguridad de instalaciones eléctricas, dichas revisiones se tienen que realizar cada tres años según establece el Decreto 80/2007, de 19 de junio.
Esta normativa afecta también a todas las instalaciones eléctricas ya existentes en casos en los que, por su estado, situación o características, supongan un peligro para la vida de las personas o interfieran en el normal funcionamiento de otras instalaciones.
El técnico designado deberá cumplimentar tres copias del boletín de reconocimiento periódico, en las que constará si hay alguna irregularidad o deficiencia de la instalación eléctrica. Si así fuera, el organismo oficial competente en la materia será el encargado de establecer las medidas correctoras y los plazos para cumplirlas.
El problema es que, aún hoy, casi seis años después de la implatación de dicha normativa, muchos propietarios o comunidades de vecinos, desconocen por completo la existencia de esta y no disponen de la documentación acreditativa de las características técnicas que les permitan conocer la potencia eléctrica de sus instalaciones o saber si están obligados o no a realizar la inspección periódica.