Plomo en casa
Tras haberles informado sobre el fibrocemento y los estragos que pueden causar las palomas en los inmuebles, en el siguiente artículo vamos a abordar otro tema que sin duda es de su interés: la presencia de plomo en las pinturas y las tuberías de nuestra casa. Estos tres factores pueden influir en el informe de inspección técnica de edificios (ITE).
El plomo es un metal pesado muy resistente a la corrosión del aire y del agua. De ahí su uso hasta los años setenta en acometidas de fontanería, tejados e incluso pinturas. Sin embargo, el plomo es fuente de problemas de salud, por lo que la Organización Mundial de la Salud (OMS) prohibió su utilización a mediados de la década de los noventa. En España, se aprobó el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, que establecía los criterios de calidad del agua siguiendo las recomendaciones de la OMS. Esta organización realizó diversos estudios a principios de los años noventa y se dio cuenta de que, mientras que los valores de seguridad para la salud se situaban en 10mcg/l, la presencia de plomo en el agua que salía por el grifo de los hogares se acercaba a los 50 mcg/l. Realmente, las tuberías de plomo dejaron de colocarse en 1980. Lo que ocurría es que la mayor parte de los inmuebles antiguos contaban con instalaciones de este tipo y que en los edificios de reciente construcción se usaban piezas de ensamblaje fabricadas con plomo, pues otra de las características de este metal es que es altamente maleable.
Así pues, en la Disposición transitoria primera, el RD 140/2003 dispone la obligatoriedad de llevar a cabo las reformas y adaptaciones necesarias en la instalación de sanemiento en edificios de titularidad pública o privada destinados al público antes del 1 de enero de 2012. Para velar por que dichas obras se hayan llevado a cabo, las autoridades sanitarias realizarán muestreos de agua destinada al consumo humano o en instalaciones interiores para garantizar que no existe riesgo para la salud de las personas según la Disposición transitoria segunda y tercera de dicha normativa.
Si posee un establecimiento comercial o con actividad pública construido anteriormente a 1980, puede solicitar a ITEGU un estudio para saber si en el local se detecta presencia de plomo. Igualmente, si quiere realizar reformas en su hogar para evitar obras más adelante, cuando deba pasar la ITE, contacte con ITEGU para realizar un estudio o un preinforme ITE.